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Foto del escritorMario Luis Ramos Rocha

Por mayoría, aprueba Congreso del estado Iniciativa de Reforma Constitucional en Materia de Justicia

Aguascalientes, Ags. 29 junio 2023.- Legisladores locales aprobaron por unanimidad la Iniciativa de Reforma Constitucional en Materia de Justicia para el Estado de Aguascalientes.

El objeto de la propuesta consiste en reconocer constitucionalmente el derecho a una justicia eficiente, garantista y con perspectiva de género, así como la promoción de la independencia y transparencia del Poder Judicial.

Entre los aspectos que establece la reforma constitucional destacan: el aumento del 7 a 11 el número total de magistraturas, la implementación de mecanismos que garanticen la publicidad de las actuaciones judiciales, la creación de una Sala Constitucional conformada por cinco magistrados, de un Tribunal de Justicia Administrativa, así mismo se incluye en la modificación el lenguaje incluyente en cuanto al género, por lo que se remplaza el término “Magistrado” por “Persona Titular de la Magistratura”, entre otros puntos.

Acto seguido, se avaló el Acuerdo Legislativo de la Junta de Coordinación Política (JUCOPO), que contiene la propuesta para que el ciudadano Luis Filemón Gómez Rivera sea designado Visitador General del Órgano Interno de Control y Vigilancia de la Fiscalía General del Estado de Aguascalientes; posteriormente a la votación, rindió la toma de protesta ante el Pleno.

De igual manera, se aprobó el Acuerdo Legislativo de la Comisión de la Juventud, para expedir la Convocatoria que contiene las Bases y Metodología para la Celebración del Parlamento Juvenil del Congreso del Estado, en su edición 2023; el cual se llevará a cabo los días 17 y 18 de agosto próximo. Las y los jóvenes interesados a participar, podrán consultar los requisitos en la página oficial del Congreso de Aguascalientes.

Posteriormente se aprobó por mayoría el dictamen de las Comisiones Unidas de Familia y Derechos de la Niñez, así como de Igualdad Sustantiva y Equidad de Género, que reforman los artículos 4 y 10 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Aguascalientes.

El objeto de la propuesta consiste en conceptualizar el noviazgo, señalando que se entiende por este término, además de establecer el concepto de violencia en el mismo.

Durante la votación en lo particular, la diputada del PAN Nancy Macías, presentó una reforma para modificar el artículo 10 Ter relacionado con la definición de “Violencia en el Noviazgo”, quedando de la siguiente manera: Violencia en el Noviazgo, acto abusivo de poder u omisión intencional dirigido a humillar, dominar, cometer controlar, agredir a las mujeres de cualquier edad mediante la realización de uno o varios tipos de violencia durante o después de una relación de noviazgo; La misma fue aprobada por las y los diputados presentes.

Siguiendo con el desarrollo de la sesión, las y los diputados aprobaron el dictamen de la Comisión de Familia y Derechos de la Niñez, que reforma los artículos 7 y 19 de la Ley de Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia con Participación Ciudadana del Estado de Aguascalientes.

El objeto de la iniciativa consiste en establecer la prevención social de la violencia y delincuencia en el ámbito social mediante programas de protección a familias para evitar su desintegración y cualquier modalidad de violencia que las propicie, así como impulsar medidas de prevención para la detección y atención del acoso y violencia entre niñas, niños y adolescentes y mujeres en escuelas y comunidades.

Enseguida, se aprobó el dictamen de la Comisión de Justicia para reformar diversas disposiciones del artículo 116 del Código Penal para el Estado de Aguascalientes; propuestas por la diputada Nancy Macías.

El objeto de la iniciativa consiste en incluir en el delito de corrupción de menores e incapaces diversos supuestos como la acción de inducir a personas menores de 18 años para realizar cualquiera de las actividades delictivas consideradas en el artículo 19 de la Constitución Federal, así como formar parte de una asociación delictuosa o utilizar armas de fuego y explosivos de uso exclusivo del ejército.

A continuación, para efectos de dar respuesta a la solicitud de la Empresa Veolia, sobre la autorización de la prórroga de la concesión, el Poder Legislativo le hace saber que no se encuentra en aptitud de realizar la solicitud de la anuencia señalada en el artículo 152 de la Ley Municipal para el Estado de Aguascalientes.

Acto seguido, se resolvió a favor el dictamen de la Comisión de Salud Pública y Asistencia Social, que resuelve la iniciativa por la que se Crea la Ley para la Prevención, Atención Integral y Control de las Adicciones para el Estado de Aguascalientes; además de reformar los artículos 111 y 161 de la Ley de Salud del Estado de Aguascalientes; propuesta por las y los congresistas Mayra Torres, María de Jesús Díaz, Laura Ponce, Alma Hilda, Verónica Romo, Karola Macías, Sanjuana Martínez, y también por los representantes populares con licencia Luis Enrique García López y Juan Pablo Gómez Diosdado.

Con la creación de la Ley para la Prevención, Atención Integral y Control de las Adicciones del Estado, se contará con un instrumento legal que regule todos los vacíos u omisiones, ante la falta de regulación en torno a este fenómeno social que tanto aqueja a las familias y a la sociedad, por los efectos y consecuencias que trae consigo la falta de atención integral y control de aquellas personas que consumen sustancias psicoactivas.

Por otro lado, se aprobó el dictamen de la Comisión de Justicia, para reformar el artículo 178 del Código Penal para el Estado de Aguascalientes, propuesto por María Teresa Jiménez Esquivel, Gobernadora Constitucional del Estado de Aguascalientes.

El objeto de la modificación tiene como propósito adicionar el tipo penal de Atentados a la Seguridad Pública, el cual básicamente consiste en acechar, vigilar o realizar actos tendientes a obtener información de manera injustificada, sobre las actividades oficiales de las Instituciones del Sistema Estatal de Seguridad Pública, Corporaciones Auxiliares de la Seguridad en el Estado o particulares, a efecto de informar o alterar a otras personas para que puedan organizar o planear un delito, cometerlo o evitar el cumplimiento de la función pública.

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